Vender vivienda con acompañamiento

¿Quieres vender tu inmueble en Andalucía o en Canarias y necesitas a alguien que controle por ti, en español, la documentación, los impuestos y la cita en la notaría? Te acompañamos como vendedor, aunque no estés allí.

Hablar de la venta, gratis

Visita de un piso luminoso con terraza y vistas al mar

De qué nos encargamos por ti

Preparación

  • Documentación: nota simple del Registro de la Propiedad, datos catastrales, certificado energético, justificantes de IBI y comunidad
  • Aclarar los puntos pendientes antes de que pregunte un comprador
  • Coordinar las llaves y las visitas

Ofertas y contrato

  • Valorar las ofertas de compradores y agencias
  • Revisar con un abogado el contrato de reserva y el de compraventa
  • Comunicación en español por ti

Notaría e impuestos

  • Cita en la notaría, si quieres mediante poder
  • Impuesto municipal sobre el incremento de valor (plusvalía)
  • Declaración de la ganancia de la venta a través de una gestoría
Importante: No somos agentes inmobiliarios. No intermediamos inmuebles, no cobramos comisión a vendedores ni caseros y trabajamos solo por encargo tuyo. Las revisiones jurídicas las hace un abogado español independiente, y los impuestos, una gestoría.

Bueno saberlo si vendes sin residencia en España

Si vende alguien sin residencia fiscal en España, el comprador retiene el 3 % del precio de compra y lo ingresa en Hacienda. Es un pago a cuenta de tu impuesto sobre la ganancia. Si el impuesto real es menor, recuperas la diferencia con la declaración. Junto con la gestoría nos aseguramos de que no se olvide.

Cuánto cuesta

Precio cerrado según el alcance, en función de si encuentras tú mismo un comprador o vendes con una agencia. Después de la primera conversación recibes un presupuesto por escrito.

Hay que sumar la notaría, el Registro de la Propiedad, el abogado, la gestoría y los impuestos.

Preguntas frecuentes

¿Me buscáis un comprador?

No. No somos agentes inmobiliarios. Puedes publicar el anuncio tú mismo o encargarlo a una agencia. Nosotros te acompañamos con la documentación, el contrato, la notaría y los impuestos.

¿Tengo que venir a España para la firma en la notaría?

No necesariamente. Con un poder notarial, alguien puede representarte.

¿Quién paga la plusvalía?

El impuesto municipal sobre el incremento de valor lo paga, por regla general, el vendedor.

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