Trámites

Seguro médico en España: tarjeta sanitaria y médico de familia

Por Redacción de deinSpanien · Actualizado el 02.10.2026 · 9 min de lectura
Seguro médico resuelto, médico de cabecera asignado.Aclaramos tu acceso al sistema sanitario y solicitamos contigo la tarjeta sanitaria. Desde 150 €.
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En resumen: En España, tu situación personal decide cómo estás asegurado: si trabajas, entras en el sistema público a través de la Seguridad Social; los jubilados acceden con el formulario S1, y todos los demás necesitan al principio un seguro privado. El derecho lo reconoce la Seguridad Social y después solicitas la tarjeta sanitaria en el servicio de salud de tu comunidad autónoma.

De un vistazo

  • Sistema público: Sistema Nacional de Salud; en Andalucía, el SAS; en Canarias, el SCS
  • Acceso: por trabajo por cuenta ajena o propia, como jubilado con S1 o como familiar
  • Convenio especial: 60 € al mes si tienes menos de 65 años, 157 € a partir de 65, solo tras un año de residencia (a octubre de 2026)
  • Qué necesitas: documento de identidad y NIE, Padrón, acreditación del derecho expedida por el INSS
  • Medicamentos: copago según ingresos, nuevas reglas desde mayo de 2026

¿Cómo funciona el sistema sanitario español?

El sistema público se financia con impuestos y cotizaciones y lo gestionan las comunidades autónomas. En Andalucía el servicio se llama Servicio Andaluz de Salud (SAS); en Canarias, Servicio Canario de la Salud (SCS). No existen cajas de seguro médico como en Alemania o Austria.

El acceso funciona en dos pasos. Primero, el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) reconoce tu derecho. Con esa acreditación solicitas después la tarjeta sanitaria en tu servicio de salud autonómico. A partir de ahí, tu primer punto de contacto para todo es el Centro de Salud con tu médico de familia.

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¿Qué vía de acceso al sistema público encaja contigo?

Busca tu situación. De ella dependen los papeles que necesitas.

Por cuenta ajena

Tu empresa te da de alta en la Seguridad Social. Con eso nace tu derecho. Tú solo necesitas antes tu número de la Seguridad Social. Lo solicitas online en el portal Import@ss, incluso sin identificación electrónica: con el formulario TA.1, un selfie y una copia de tu documento de identidad. Los ciudadanos de países de la UE pueden obtener el número primero con el pasaporte y, según el formulario, aportan la NIE en los 3 meses siguientes a su llegada. Más información en Trabajar en España.

Por cuenta propia

Como autónomo te das de alta tú mismo en el régimen de trabajadores autónomos. Con esa alta estás dentro del sistema público. Cómo se hace lo explico en Darse de alta como autónomo.

Atención: El número de la Seguridad Social por sí solo no te asegura. Solo el alta de una actividad genera el derecho.

Jubilados con formulario S1

Si cobras una pensión de Alemania o Austria, sigues asegurado allí y en España te atienden como a cualquier asegurado español. El formulario S1 te lo expide tu caja de seguro médico. Lo mejor es pedirlo antes de la mudanza y presentarlo sin demora en el INSS en España. Los familiares pueden quedar incluidos, siempre que no trabajen ni estén asegurados por su cuenta en el país de origen. Más información en Jubilarte en España.

Familiares

La pareja y los hijos de una persona asegurada pueden incorporarse como beneficiarios a través del INSS. Los requisitos concretos los revisa el INSS caso por caso. Lo que las familias deben tener en cuenta además lo encontrarás en Mudarse a España en familia.

Estudiantes con Tarjeta Sanitaria Europea

Para un semestre en el extranjero o unos estudios de duración limitada usas la Tarjeta Sanitaria Europea de tu caja de seguro. Sirve durante estancias temporales para tratamientos médicamente necesarios que no pueden esperar hasta tu regreso, y solo en centros públicos. No cubre tratamientos programados, médicos privados ni la repatriación. Si vives de forma permanente en España, la tarjeta de tu antiguo país no te asegura. Más información en Estudiar en España.

Sin trabajo y sin S1: Convenio especial

Si no trabajas y no cobras una pensión, no tienes derecho automático. Pero el Estado ofrece un seguro voluntario, el Convenio especial de prestación de asistencia sanitaria. Cuesta 60 € al mes para menores de 65 años y 157 € al mes a partir de 65 (a octubre de 2026).

Los requisitos: al menos un año de residencia efectiva e ininterrumpida, Empadronamiento en un municipio español y no tener otra vía de acceso a la protección sanitaria pública. La solicitud la presentas en el servicio de salud de tu comunidad. En Canarias se puede hacer de forma electrónica o presencial, la administración resuelve en 30 días y la solicitud en sí es gratuita. Los ciudadanos de países de la UE presentan allí un certificado de que no tienen derecho a cobertura desde su país de origen.

Cubre la atención básica: médico de familia, especialista, hospital y transporte urgente. Los medicamentos de farmacia, las prótesis y productos ortopédicos y el transporte sanitario no urgente los pagas tú íntegramente. Durante el primer año tras la mudanza todavía no puedes acceder al Convenio. Hasta entonces necesitas un seguro privado.

¿Cómo consigues la tarjeta sanitaria?

La tarjeta la solicitas en tu servicio de salud autonómico. En todas partes el requisito es que tu derecho esté reconocido y que estés empadronado en el lugar. Así que conviene resolver antes el Padrón.

Andalucía

La primera solicitud la haces en el Centro de Salud o online a través del portal ClicSalud+. El SAS pide:

  • tu documento de identidad y el documento con tu NIE
  • los documentos de identidad de los beneficiarios mayores de 14 años y, para los hijos más pequeños, el libro de familia
  • la acreditación de tu derecho expedida por el INSS
  • el Empadronamiento en Andalucía

Te inscriben en la base de datos de usuarios y la tarjeta llega por correo a la dirección que figura allí. Mientras tanto te sirve la tarjeta virtual de la app Salud Andalucía. Si tienes dudas, el servicio Salud Responde te atiende las 24 horas en el 955 54 50 60.

Canarias

En Canarias es competente el Servicio Canario de la Salud. La documentación y la forma de pedir cita son distintas a las de Andalucía. Pregunta en el Centro de Salud de tu localidad o consulta la web del Gobierno de Canarias antes de ir.

Médico de familia, citas y urgencias

Tu médico de familia está en el Centro de Salud. En Andalucía, la libre elección de centro de salud y de médico es un derecho de la ciudadanía y la cambias en ClicSalud+. Allí también pides cita. Al especialista llegas con una derivación de tu médico de familia y, en caso de urgencia, vas a urgencias.

Cuenta con listas de espera para el especialista y con que el tratamiento dental de los adultos se paga, en gran parte, de forma privada.

¿Cuándo necesitas un seguro médico privado?

Necesitas un seguro privado si ni trabajas ni tienes un S1, sobre todo durante el primer año antes del Convenio especial. Debe ofrecer en España una cobertura equivalente a la del sistema público.

Consejo: Busca una póliza sin copagos, sin carencias y sin límite de prestaciones. No es un texto legal, sino aquello en lo que se fijan en la práctica las administraciones españolas.

Muchas personas con sanidad pública contratan además una póliza privada económica para conseguir antes cita con el especialista. Lo que supone al mes puedes incluirlo en tu presupuesto con ayuda de Coste de vida.

¿Cuánto pagas por los medicamentos?

Por los medicamentos con receta pagas en la farmacia una parte que depende de tus ingresos anuales. Desde el 14 de mayo de 2026 rige para ello el Real Decreto-ley 11/2026, con tramos más detallados. Las guías antiguas con solo tres tramos están desactualizadas.

Ingresos anuales Personas en activo Pensionistas
menos de 18.000 € 40 % 10 %, máximo 8,23 € al mes
18.000 a 34.999 € 45 % 10 %, máximo 13,37 € al mes
35.000 a 59.999 € 45 % 10 %, máximo 13,37 € al mes
60.000 a 99.999 € 50 % 10 %, máximo 18,52 € al mes
a partir de 100.000 € 60 % 60 %, máximo 61,75 € al mes

Los porcentajes se aplican también a los beneficiarios. Desde la reforma, las personas en activo con ingresos bajos y medios también tienen topes mensuales. Los importes exactos figuran en el texto del decreto. Para los medicamentos de enfermedades crónicas y graves se aplica una aportación reducida del 10 %, según la tabla de la Comunidad de Madrid con un máximo de 4,98 € por envase. Están exentos, entre otros, los perceptores de pensiones no contributivas y los parados sin derecho a prestación. Cómo se clasifica a los jubilados con S1 lo aclaras en el INSS.

Preguntas frecuentes

¿Me basta la Tarjeta Sanitaria Europea si me mudo a España?

No. Solo sirve para estancias temporales y solo para tratamientos que no pueden esperar. Si resides en España, necesitas una de las vías de acceso al sistema público o un seguro privado.

¿Cuánto cuesta el Convenio especial?

60 € al mes si tienes menos de 65 años y 157 € al mes a partir de 65 (a octubre de 2026). Solo puedes solicitarlo tras un año de residencia efectiva, y los medicamentos no están incluidos.

¿Ya estoy asegurado con el número de la Seguridad Social?

No. El número es solo tu identificador. El derecho nace con el alta de una actividad, ya sea por parte de tu empresa o por ti mismo como autónomo.

¿Dónde solicito el S1?

En tu caja de seguro médico de Alemania o Austria, mejor antes de la mudanza. En España lo presentas en el INSS.

¿Puedo elegir a mi médico de familia?

En Andalucía, sí. Allí la elección de centro de salud y de médico es un derecho de la ciudadanía y se gestiona en ClicSalud+.

¿Cuánto cuesta la tarjeta sanitaria?

El Servicio Andaluz de Salud no indica ninguna tasa para la primera solicitud. La tarjeta llega por correo.

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