Trámites

Trabajar por cuenta propia en España: cómo darte de alta como autónomo

Por Redacción de deinSpanien · Actualizado el 02.10.2026 · 10 min de lectura
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En resumen: Como trabajador por cuenta propia (autónomo), en España te das de alta dos veces: en Hacienda con el Modelo 036 y en la Seguridad Social, en el régimen especial RETA, a través del portal Import@ss. Ambas cosas tienen que estar hechas antes del primer día de trabajo. En 2026 la cuota mensual depende de tu rendimiento neto, y para quienes empiezan existe la Tarifa plana de 80 € al mes.

De un vistazo

  • Costes: El alta en sí es gratuita. La cuota mínima a la Seguridad Social en 2026 va, según el rendimiento, de unos 206 € a unos 607 € al mes; con Tarifa plana, 80 € (a octubre de 2026).
  • Dónde: Online en la Agencia Tributaria (Hacienda) y en el portal Import@ss de la Seguridad Social.
  • Cuándo: Antes de iniciar la actividad. En la Seguridad Social, como pronto 60 días antes.
  • Qué necesitas: NIE, número de la Seguridad Social, cuenta bancaria española, certificado digital o Cl@ve.
  • Después: Declaraciones trimestrales de impuestos y, una vez al año, la declaración de la renta.

¿Qué necesitas antes de darte de alta?

Las dos altas se hacen online. Sin identidad digital no entras en ninguno de los dos portales, así que merece la pena dejar bien preparadas las bases.

  • Tu NIE (número de identificación fiscal y personal para extranjeros)
  • Un número de la Seguridad Social española
  • Una cuenta bancaria española para domiciliar las cuotas
  • Un certificado digital o Cl@ve para identificarte en los portales
  • Una dirección en España, idealmente con Padrón (inscripción en el ayuntamiento)
  • Una idea de cuánto vas a ganar al año en neto

Mucha gente subestima el último punto. Al darte de alta, la Seguridad Social te pregunta tu rendimiento neto previsto, y de él depende tu cuota.

¿Cómo es el proceso de alta?

Hacienda exige el alta antes de empezar la actividad, y la Seguridad Social también. Las administraciones no fijan un orden expreso. Lo práctico es empezar por Hacienda, porque Import@ss pide el código de actividad asignado allí. Lo más importante es que en las dos altas figure la misma fecha de inicio.

Alta como autónomo
  1. 1Modelo 036Hacienda, actividad según IAE
  2. 2RETA en Import@ssSeguridad Social
  3. 3Tarifa planasolicítala a la vez
  4. 4A trabajarfacturas y declaraciones trimestrales
Importante: la misma fecha de inicio en las dos altas.
  1. Modelo 036 en Hacienda

    Con el Modelo 036 te inscribes en el censo de empresarios y profesionales y eliges tu actividad según la clasificación del IAE. El antiguo Modelo 037 simplificado ya no existe: se suprimió el 3 de febrero de 2025 y desde entonces todas las declaraciones censales van por el 036. Algunas guías antiguas de internet todavía mencionan el 037.

  2. Alta en el RETA a través de Import@ss

    El RETA es el régimen especial de la Seguridad Social para trabajadores autónomos. En el portal Import@ss indicas, entre otras cosas, el epígrafe del IAE, la actividad económica (código CNAE), tu rendimiento neto anual previsto, la fecha de inicio, el lugar de la actividad y la cuenta bancaria para la domiciliación. Puedes hacerlo como pronto 60 días antes del inicio.

  3. Solicitar a la vez la Tarifa plana

    La bonificación para nuevos autónomos no se aplica automáticamente. Tienes que solicitarla expresamente al darte de alta.

  4. Comunicar cambios y la baja

    Si cambia algún dato, tienes un mes para comunicarlo a Hacienda, contado desde el día siguiente al cambio. Si cesas la actividad, te das de baja con el 036 en el plazo de un mes.

¿Cuánto cuesta la Seguridad Social en 2026?

Desde la reforma ya no pagas una cuota única, sino según tus rendimientos. La tabla de cotización de 2025 sigue vigente sin cambios en 2026; la subida prevista no llegó a aprobarse (a octubre de 2026).

La tabla se organiza por tramos de rendimiento neto mensual. Cada tramo tiene una base mínima a la que se aplica el tipo de cotización del 31,50 %. De ahí resulta, en el tramo más bajo (rendimiento neto de hasta 670 € al mes), una cuota mínima de unos 206 € y, en el tramo más alto (más de 6.000 €), de unos 607 € al mes. La base máxima es de 5.101,20 € al mes. Los valores de cada tramo intermedio es mejor consultarlos directamente en la web de la Seguridad Social; el enlace está abajo, en las fuentes.

El tipo de cotización se compone así:

Concepto Tipo 2026
Contingencias comunes (enfermedad, jubilación) 28,30 %
Contingencias profesionales (accidente de trabajo) 1,30 %
Cese de actividad 0,90 %
Formación profesional 0,10 %
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) 0,90 %
Total 31,50 %

Como rendimiento neto cuentan tus ingresos menos los gastos deducibles. A eso la Seguridad Social le resta además un 7 % a tanto alzado. Si después tu rendimiento real es mayor o menor de lo previsto, puedes cambiar de tramo. Cuántas veces al año se puede y cómo funciona la regularización a final de año te lo muestra Import@ss en tu cuenta.

Tarifa plana: 80 € el primer año

La Tarifa plana es una cuota fija de 80 € al mes durante los primeros 12 meses. Si después tu rendimiento neto sigue por debajo del salario mínimo interprofesional, puedes prorrogarla otros 12 meses. La prórroga también tienes que solicitarla tú, antes de que termine el primer año.

Requisito: no haber estado de alta en el RETA en los últimos dos años. Si ya disfrutaste antes de la bonificación, son tres años. Quedan excluidos los familiares colaboradores. La medida estaba inicialmente limitada hasta finales de 2025. Por eso, al darte de alta comprueba si Import@ss te ofrece la opción, y no te extrañes si el importe cargado supera algo los 80 € por el recargo del MEI.

Cuota cero: reembolso de la comunidad autónoma

Andalucía y Canarias tienen programas que te reembolsan las cuotas pagadas durante la Tarifa plana. En ambas comunidades se trata de un reembolso posterior previa solicitud, no de una exención automática: primero pagas tú los 80 €.

  • Andalucía: El plazo de solicitud publicado fue del 2 de enero de 2024 al 30 de septiembre de 2026. Si hay una nueva convocatoria, aparecerá en la web de la Junta de Andalucía. Así que no cuentes con ese dinero de forma segura.
  • Canarias: Hay convocatorias para 2024, 2025 y 2026. El requisito es tener el domicilio fiscal y la actividad en Canarias. Según la información publicada, el plazo de 2026 llega hasta el 15 de octubre de 2026 y se dirige a autónomos que iniciaron la actividad en 2025. Más sobre las islas en el artículo Autónomo en Canarias.

¿Qué obligaciones tienes a lo largo del año?

Tras el alta, tu calendario lo marcan cuatro plazos trimestrales y la declaración anual. La declaración periódica más importante es el Modelo 303 del IVA.

Periodo Qué toca presentar
1 a 30 de enero Modelo 303 del cuarto trimestre, junto con el resumen anual Modelo 390
1 a 20 de abril Modelo 303 del primer trimestre
Abril a 30 de junio Declaración de la renta (Modelo 100) del año anterior
1 a 20 de julio Modelo 303 del segundo trimestre
1 a 20 de octubre Modelo 303 del tercer trimestre

Si domicilias el pago del IVA, el plazo termina cinco días antes, es decir, el día 15 o, en enero, el 25. La campaña de la renta 2025 fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026. Las fechas de 2027 aún no se habían publicado en octubre de 2026.

A esto se suma, para muchos, el pago fraccionado trimestral del IRPF (Modelo 130). Si tienes que presentarlo depende de si tus clientes ya te practican retención en tus facturas. Acláralo al darte de alta con Hacienda o con tu Gestoría (despacho que se encarga de trámites y contabilidad). Cómo funciona el IRPF en sí lo explico en el artículo Impuestos en España.

Consejo: De cada factura cobrada, aparta en el momento la parte del IVA y del IRPF en una segunda cuenta. Los plazos trimestrales llegan antes de lo que piensas.

Verifactu y factura electrónica: ¿qué está vigente?

Aquí están cambiando muchas cosas ahora mismo, así que lo separo entre lo que está vigente y lo que se ha anunciado (a octubre de 2026).

  • Verifactu, normativa vigente: Los programas de facturación deben cumplir los requisitos del sistema Verifactu. Para los autónomos, la obligación se aplica según la normativa actual a partir del 1 de julio de 2027; para las sociedades, a partir del 1 de enero de 2027.
  • Verifactu, anuncio: El Ministerio de Hacienda comunicó el 5 de octubre de 2026 que quiere aplazar la obligación hasta octubre de 2028 para empresarios y profesionales con una facturación anual de hasta 8 millones de euros. Para ello hay que modificar un reglamento. En octubre de 2026 eso aún no se había aprobado ni publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Hasta entonces, formalmente siguen valiendo las fechas de 2027.
  • Factura electrónica entre empresas: Según la información publicada, será obligatoria a partir de octubre de 2027 para empresas con más de 8 millones de euros de facturación y, para todas las demás, incluidos los autónomos, a partir de octubre de 2028. El reglamento técnico correspondiente todavía está pendiente.
Atención: Un aplazamiento anunciado todavía no es norma. Si eliges ahora un programa de facturación, escoge uno que ya sea compatible con Verifactu. Así no dependes de qué fecha acabe aplicándose.

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Preguntas frecuentes

¿Sigue existiendo el Modelo 037?

No. El formulario simplificado se suprimió el 3 de febrero de 2025. Desde entonces, el alta, las modificaciones y la baja se tramitan todas con el Modelo 036.

¿Primero Hacienda o primero la Seguridad Social?

Ambas exigen el alta antes de iniciar la actividad. Lo práctico es empezar con el Modelo 036, porque Import@ss pide el código de actividad. Mucha gente hace las dos cosas el mismo día. Lo decisivo es que la fecha de inicio sea idéntica.

¿Con cuánta antelación puedo darme de alta en el RETA?

Como pronto 60 días antes del inicio y, como tarde, antes del primer día de trabajo. No cuentes con poder darte de alta con efecto retroactivo.

¿Me aplican la Tarifa plana automáticamente?

No. Tienes que solicitarla expresamente al darte de alta en el RETA, y la prórroga de un segundo año también, antes de que terminen los primeros 12 meses.

¿Cuánto pago si al principio apenas gano nada?

Con Tarifa plana, 80 € al mes. Sin ella se aplica el tramo más bajo de la tabla, con unos 206 € al mes para rendimientos netos de hasta 670 € (a octubre de 2026).

¿Tengo que hacer ya algo por Verifactu?

En octubre de 2026 todavía no hay obligación para los autónomos. Según la normativa vigente empieza el 1 de julio de 2027; se ha anunciado un aplazamiento a octubre de 2028, pero aún no está aprobado.

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